19 junio 2026 / 22:16

La Casa del Periodismo

El Perú facilitaría la salida de la exministra Chávez rumbo a México

mares30 - diciembre 4, 2025

Miguel Ángel Rodríguez Mackay*

Fue una intervención diplomática y debió ser un discurso político, la exposición del canciller de la República, Hugo de Zela ante el Consejo Permanente de la Organización de los Estados Americanos – OEA, en su sede de Washington. Por espacio de 15 minutos concedidos, expuso la postura del Gobierno del Perú en el caso de la Convención de Caracas de 1954 relativo al asilo concedido por México en su condición de Estado asilante, a la exministra, Betssy Chávez, del régimen del expresidente de la República, Pedro Castillo, que permanece en el interior del local de la embajada azteca en Lima.

 

El canciller ha dicho que la forma como se ha venido otorgando la institución del asilo se ha desvirtuado, que sería lo mismo que decir que se ha desnaturalizado o manoseado como he calificado al problema expuesto por el Perú ante la OEA.

 

Nada de lo dicho por el ministro peruano será abordado por la OEA porque no fue ingresado por la secretaría general de la organización y no ha seguido los procedimientos establecidos en el foro político continental; sin embargo, ello no es óbice para que lo haga a la mayor brevedad posible, si acaso ya lo hizo, pues habiéndose referido al Comité Jurídico Interamericano de la OEA, el órgano consultivo de la organización, nada podrá ser abordado por esta instancia eminentemente jurídica, si acaso no recibe indicaciones de la propia secretaría general de la OEA o por mandato de su Consejo Permanente.

 

He venido diciendo que poco o nada se podrá conseguir para que pudiera en el fondo realizarse alguna modificación al contenido de los artículos 3,4 y 9 de la referida Convención, que fueron redactados precisamente para consagrar el carácter eminentemente protector y garantista para quien sea beneficiado con la calificación de asilado, una prerrogativa que tiene de manera exclusiva y excluyente el Estado asilante (México), y cuyas reglas de juego son para todos, es decir, para quienes siendo de derecha, centro o de izquierda, soliciten la concesión del referido asilo.

 

Los criterios del Estado asilante (México) siempre son objetivos porque son de puro de derecho, conforme el artículo 4 de la Convención, y el parecer contrario del Estado receptor (Perú), que puede o no estar de acuerdo con dicha calificación, son subjetivos, y eso muchas veces no se entiende. Lo positivo del Perú es que ha expresado un parecer de disconformidad, pero esa conducta tiene un coto, por lo que cumplido el objetivo nacional de dar a conocer un parecer y nada más que eso, nos queda solamente proceder a extender el salvoconducto a la señora Chávez que, aunque para nada tenga la condición de perseguida política, lo es para México, que le ha concedido asilo.

 

Propongo la formula política para que sea pronunciada por el presidente de Jerí o en su defecto, por el canciller de Zela; “El Perú condena firmemente el asilo concedido por México a la imputada Betssy Chávez, pero respetuoso del derecho internacional y de los tratados de los que es Estado parte, soberanamente extiende el salvoconducto correspondiente para que pueda abandonar el territorio nacional rumbo a México”.
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*Exministro de Exteriores del Perú 🇵🇪

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